Votar en blanco es una alternativa democrática al que usted tiene derecho
Una de las alternativas validas en la democracia de aquellos colombianos que no creen en las propuestas de los diferentes candidatos a la presidencia de Colombia porque consideran que es más de los mismo, honestos disfrazados de sanguijuelas, corruptos vestidos de progresistas, bandidos de etiquetas y bien vestidos para disimular la hipocresía ante los estamentos del Estado, delincuentes de cuello blanco impregnados del cambio, cambio de camioneta, de apartamento, de finca, de chequera, de banco y de mujeres y se dicen llamarse los pulcros y transparentes enquistados en el gobierno, gamines con cara de candidatos, diablos vestidos de monjas, en fin toda clase de plaga justificando a unos gobiernos mentiroso, embaucadores, manipuladores y que su discurso blanquea la mente y la memoria de los colombianos, a quienes muchos los mueven con hilos de pobreza, miseria, abandono y sumergidos en una burbuja de engaños con ideologías baratas y destructivas que solo hincan al más débil e indefenso idolatra que caen en la trampa de los engendros del mal.
El voto en blanco en Colombia está fundamentado principalmente en el artículo 258 de la Constitución Política, el cual lo reconoce como una expresión política de disentimiento, abstención o inconformidad. Este mecanismo permite a los ciudadanos participar en las elecciones sin apoyar a ninguna de las opciones disponibles.
Fundamentos legales y constitucionales
- Constitución Política (Art. 258): Reconoce el voto en blanco como expresión de disenso con incidencia decisiva en elecciones.
- Sentencia C-490 de 2011: Define el voto en blanco como herramienta legítima de libertad del elector.
- Sentencia SU-221 de 2015: Establece que debe obtener la mayoría absoluta (mitad más uno) de votos válidos para surtir efectos.
Ley 1475 de 2011 (Reforma Política): Regula la repetición de la elección si el voto en blanco gana.
Efectos políticos del voto en blanco
- Voto Válido: Se contabiliza como voto válido, no como nulo o abstención.
- Repetición de la Elección: Si gana (mayoría absoluta), la votación se repite una vez, impidiendo la participación de los candidatos originales.
- Excepción (Cuerpos Colegiados): En elecciones de corporaciones públicas, si gana el voto en blanco, las listas no se repiten
Voto en Blanco vs Abstención
A diferencia de la abstención, el voto en blanco es una acción activa que influye en el cuociente electoral.
En resumen, la legislación protege el voto en blanco como mecanismo democrático capaz de invalidar una elección.
La marcación de voto en blanco no genera pagos por reposición de votos. En el caso que el voto en blanco sea promovido por un grupo significativo de ciudadanos el grupo recibirá recursos por concepto de reposición de gastos de campaña de los votos marcados directamente en la casilla de su grupo promotor y no en la casilla general de voto en blanco. Dentro de la reglamentación expedida también se contempla el hecho de que el comité y si fuese el caso, los comités, reciban por partes iguales entre todos los promotores inscrito la cantidad equivalente de cuñas, publicidad impresa en medios escritos y vallas que resulte de dividir el número de ellas otorgadas por municipio a cada partido o movimiento político entre los cargos o corporaciones a proveer. Del mismo modo se repartirán los espacios gratuitos en medios de comunicación de manera equivalente con las organizaciones que escriben candidatos.
El grupo promotor del voto en blanco es una figura que introdujo la Reforma Política de 2011. En ésta se habilita la posibilidad de adelantar la inscripción de grupo de ciudadanos que promueven el voto en blanco y que como tal tendrá una casilla con logo-símbolo propio en la tarjeta electoral diferente al voto en blanco. Este tipo de grupos tiene derecho a reposición de gastos de campaña, de acuerdo con los votos que se depositen en la casilla de promoción de voto en blanco específica para el correspondiente grupo promotor, y no en la casilla general de voto en blanco.
Tanto los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, como los comités independientes que se inscriban para promover el voto en blanco, se encuentran sujetos a las sanciones previstas en las leyes por el incumplimiento de las normas sobre campañas electorales que les rigen de acuerdo con las normas del sistema electoral colombiano. En el caso de los comités independientes, la persona que responde por fallas o faltas a las normas electorales es quien actúe y haya quedado registrado como su vocero y representante legal.
En estos debates ha faltado liderazgo en la promoción del voto en blanco como una alternativa democrática ante el inconformismo del pueblo colombiano que prácticamente se siente obligado a votar por cualquiera de los candidatos que les impongan sus jefes políticos y no por el que ellos decidan.
Ante esta situación votar en blanco es ejercer su voluntad popular y cumple como ciudadano se deber y compromiso con la democracia.






