La Diputada Alejandra Moreno, Consejo de Estado confirmó su salida de la Asamblea en el Atlántico, y Dreisa María Rosas, a luchar contra el tiempo.
Después de haberse conocido la decisión de segunda instancia por parte del Consejo de Estado, quien confirmó la nulidad de la elección de la diputada Alejandra Moreno, mediante auto del 26 de febrero de 2026, proferido por la Sección Quinta del Consejo de Estado, registrando entre los demandantes, Franklin Corvilla Londoño, y demanda Alejandra Milena Moreno Astwood.
Los dos argumentos fácticos en temas administrativos, que condujeron a la demanda de nulidad electoral tienen que ver con la con la inscripción de Alejandra Moreno Astwood, en la lista a a Asamblea del Atlántico, inicialmente determinada como voto preferente y posterior modificada la lista e inscrita como voto no preferente, con el fin de que Alejandra Moreno Astwood, encabezara la lista a la Asamblea del Atlántico y de tal manera asegurar la credencial.
Con base a estos procedimientos de la Colombia Humana, muy a pesar de conocer la normatividad en materia electoral, avalaron a Alejandra Moreno Astwood, la inscribieron como cabeza de lista, sin haber participado en la consulta interna de la Colombia Humana, para hacer parte de la Coalición del Pacto Histórico, en la conformación de la lista definitiva a la Asamblea del Atlántico.
Quebrantado el ordenamiento jurídico en materia administrativa y probado los vicios sustanciales de legalidad en los procedimientos electorales contemplados en la Ley 1475 de 2011, para conformar la lisia a la Asamblea del Atlántico, por el Pacto Histórico, se logró demostrar las inconsistencias por la cual se solicito la nulidad de la elección de Alejandra Moreno Astwood, como Diputada en el Departamento del Atlántico.
El otro argumento en materia electoral fue que no se cumplió con la cuota de genero en la conformación de la lista a la Asamblea del Atlántico, argumento que habría sido subsanado ante el Consejo Nacional Electoral.
En tal sentido se pronunció el Tribunal Administrativo del Atlántico, al declarar la nulidad de la elección de la Diputada Alejandra Milena Moreno Astwood, quien hizo uso del recurso de apelación ante el Consejo de Estado, siendo la Comisión Quinta quien conformara la decisión de primera instancia proferida por el Tribunal Administrativo del Atlántico.
Estrategia jurídica de la defensa técnica de la Diputada Alejandra Moreno Astwood, para mantenerse en la Duma Departamental en el 2026 y posiblemente 2017
Indiscutiblemente la decisión del Consejo de estado no entraría en discusión y tampoco admite recursos en materia jurídica con respecto al fallo, pero si soporta una acción de tutela por violación al debido proceso, derecho elegir y ser elegido, entre otros, con el fin de ir corriendo los términos de Alejandra Moreno en la Duma Departamental, habiéndose agotado los procesos ordinarios es la tutela la que impera en estos casos, en caso de ser declarada improcedente o denegada, cabe el recurso de apelación ante el superior, y posterior revisión ante a Corte Constitucional, todo este proceso podría demorarse entre seis y doce meses.
Posterior a este proceso constitucional viene un recurso de suplica ante las decisiones de segunda instancia, el cual podría resolverse entre seis y doce meses mientras hace transito por la autoridad competente y con respaldo político se podría afianzar su demora en resolver la actuación legal, caso similar y que es cosa juzgada fue el proceso de nulidad electoral contra el alcalde de Ponedera, Aristarco Romero, quien duró casi un año resolverse el recurso de suplica, y las tutelas impetradas con antelación, y al final le fueron negados todos los recursos interpuestos hasta abandonar el cargo, pero tuvo todo el tiempo para organizarle el debate a su sobrino quien funge hoy como alcalde de Ponedera.
En conclusión esta podría ser la estrategia jurídica que podría utilizar la defensa técnica de la Diputada Alejandra Moreno Astwood, para mantenerla el mayor tiempo posible en la Duma Departamental antes de abandonar el cargo.




