
El Consejo de Estado, declaró responsables administrativamente, civil y patrimonialmente, a la Iglesia Pentecostal, al municipio de Fundación Magdalena y al Transito, por la muerte de 33 niños y un adulto quienes fatalmente murieron incinerados al explotar la buseta donde viajaban los niños de la Iglesia Pentecostal quienes habían asistido al culto y de regreso a casa ocurrió el siniestro.
La tragedia que carbonizó a 33 niños en Fundación Magdalena
El 14 de mayo de 2014, a las 11:45 de la mañana, las puertas del ‘infierno’ se abrieron en el barrio Altamira, de Fundación, Magdalena, a tan solo unas cuadras de la Iglesia Pentecostal Unida de Colombia. Las llamas del averno, propiciadas por una indignante secuencia de groseros errores humanos, consumió la vida de 33 niños y un adulto.
El domingo negro de aquel 14 de mayo de 2014 cuando el reloj marcaba las 11:45 AM las puertas del infierno se abrieron y carbonizaron a 33 angelitos dentro de una buseta que estalló en llamas en el retorno a casa la desgracia los abrazó.
Aquel domingo salió mal todo lo que pudo haber salido mal. Jaime Gutiérrez Ospino, conductor de la buseta de placas UV8-556, era el responsable, junto a Manuel Ibarra, un integrante de la iglesia evangélica, quien contrató el servicio, de velar por la integridad de los pasajeros, la mayoría niños, que se desplazaban a sus hogares tras haber participado en el culto.
Sin embargo, la ‘chatarra’ rodante no daba para más. Antes de la tragedia el vehículo se había apagado en cuatro ocasiones, obligando al conductor a bajarse para intentar reanimar el carburador con una práctica tanto artesanal como peligrosa conocida como tetereo. A la quinta falla, el derrame de una pimpina de gasolina y una chispa desataron las llamas del ‘infierno’.
En medio del horror, algunos pasajeros lograron salir por las ventanas y la puerta principal; no obstante, el humo y el temor que originaba el caos empujó a la mayoría de menores contra la parte trasera del vehículo, condenándolos a una muerte espantosa. A esa altura, Jaime Gutiérrez, el conductor, que no contaba con tarjeta de conducción vigente, ya había corrido por su vida.
Para la fecha del siniestro, según el Consejo de Estado, el vehículo, que sumaba 20 años de servicio, tenía la licencia de tránsito cancelada y no reportaba revisión técnico mecánica para transporte público. Además, el seguro obligatorio de accidentes de tránsito estaba vencido.
Por su parte, la organización religiosa, teniendo la guarda de los menores y previo a avalar el desplazamiento”, “no verificó los documentos pertinentes del automotor ni del conductor para constatar que, en efecto, cumplieran con las normas exigidas para prestar el servicio de transporte de pasajeros.

“Considera la Sala que la falta de diligencia y cuidado de la institución a través del líder espiritual vulneró el principio de confianza y en particular de los pasajeros o en este caso los padres de los menores, que creyeron que sus hijos se transportan en un vehículo en óptimas condiciones mecánicas y, lo más importante, con protección y respeto por su vida y esa falta de diligencia constituyó la causa eficiente del daño. Esto con el agravante de que se trataba de un transporte de niños que muchos de ellos escasamente alcanzaban los 5 años de edad, lo que requería un especial cuidado en su custodia, medidas que evidentemente no se atendieron y allí que se deba ordenar la reparación de los perjuicios que se causaron este hecho”, consideró la sala.
“No los compartimos (el fallo). Realmente, para nosotros la responsabilidad recae sobre quienes realmente prestaron un servicio. La persona, en primera instancia quien solicita el servicio, no es autorizada por la iglesia”, manifestó el presidente de la Iglesia Pentecostal Unida de Colombia, Héctor Campuzano, en diálogo con medios de comunicación.
“Tenemos conocimiento pleno de que las autoridades no hicieron lo propio para hacer que el servicio que se presta de estos buses y medios de transporte cumplan con todos los requisitos legales que deben cumplir” agregó.
Por estos hechos la Iglesia Pentecostal Unida de Colombia asumirá el 80 % de la condena total, esto es el equivalente a 14.320 salarios mínimos legales mensuales vigentes a la fecha de ejecutoria de la sentencia. Por su parte, el municipio de Fundación asumirá el 10 % de la condena total, esto es el equivalente a 1.790 salarios mínimos legales mensuales vigentes a la fecha de ejecutoria de la sentencia.
Además, el Instituto de Tránsito y Transporte del municipio magdalenense asumirá el 10 % de la condena total, esto es el equivalente a 1.790 salarios mínimos legales mensuales vigentes a la fecha de ejecutoria de la sentencia.