
El expresidente Álvaro Uribe Vélez, como va el juicio que ya perdió interés, está más cerca de la absolución que de una condena.
A nuestro criterio el juicio contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez ha perdido importancia y relevancia jurídica debido a que la delegada de la Fiscalía General de la Nación, hasta este momento se ha encaminado a presentar testigos que poco o nada han aportado a demostrar la culpabilidad del expresidente Álvaro Uribe Vélez.
La testigo Deyanir Gómez, entró en un mar de contradicciones y demencia senil, no se acordaba de nada y el mismo abogado romero quien actuó como apoderado de Guillermo Monsalve desvirtuó lo afirmado por la esposa de Juan Guillermo Monsalve, Deyanira Gómez, al señalar que no sabía que el reloj que le hizo entrar Deyanira Gómez para entregárselo a Juan Guillermo Monsalve era para grabar la reunión con Diego Cadena y así tener pruebas para comprometer al expresidente Álvaro Uribe Vélez, por los delitos de soborno y fraude procesal.
El testigo estrella Juan Guillermo Monsalve, se mostró perdido e incoherente con sus respuestas, como esperando a ver que instrucciones le daban e hizo énfasis más en temas que no hacen parte de la temática del juicio con los presuntos delitos por los cuales fue acusado el expresidente Álvaro Uribe Vélez.
El testigo estrella, no aportó una prueba válida, conducente y pertinente, lo único que tenía para mostrar era la grabación a Diego Cadena, mediante un reloj espía , prueba que es ilegal porque no fue autorizada técnicamente por un autoridad judicial, por consiguiente no es un prueba objetiva y carece de valor probatorio.
Otra de las testigos de la Fiscalía, Vicky Jaramillo, terminó reconociendo que solo fue un canal que buscaron para llevar un menaje al expresidente Álvaro Uribe Vélez, de parte de Juan Guillermo Monsalve, a los abogados de Uribe y así quedó evidenciado en las declaraciones de otro de los testigos,además negó que el expresidente le hubiera encomendado hablar o buscar contactos con Juan Guillermo Monsalve y cualquier otra persona con respecto a los hechos o delitos que le indilgan.
La testigo Vicky Jaramillo,aseveró que por coincidencias de la vida o por circunstancias de la misma se conoció con Ricardo Williamson, y éste le aseguró que un interno de la cárcel La Picota, de Bogotá, llamado Enrique Pardo Hasche; le había manifestado que Juan Guillermo Monsalve quería retractarse de algunos señalamientos que había en contra del expresidente Uribe.
El testigo Ricardo Williamson, afirmó que Pardo Hasche, le comunicó que llegaba un preso (Monsalve) que lloraba en la celda, que se sentía presionado y que quería comunicarse con un abogado de Álvaro Uribe y se volvió insistente con ese hecho. “Nunca hablé con Monsalve, no lo conozco”, afirmó Williamson.
Esto deja como evidencia que el que estaba atormentado y desesperado por una condena de 33 años de prisión y que se sentía deprimido y angustiado ra el señor Juan Guillermo Monsalve y creó la ruta de ver como buscaba beneficios para rebajar su condena, siendo así que armó el montaje para inculpar al parecer a los hermanos Uribe con el paramilitarismo y creación del Bloque Metro en Bogotá, y de ahí entrar a negociar con los Uribe una retractación sobre una verdad que se creó Juan Guillermo Monsalve, y que hasta a presente no ha contado.
Esta brecha habría sido utilizada por las estructuras del poder político para instrumentalizar a Juan Guillermo Monsalve, y de tal forma ofrecerles beneficios para poder sacarlo de la cárcel mediante una negociación con la Fiscalía General de la Nación y a través de la JEP, pero todo pudo haberse tratado de un montaje según las informaciones entregadas por Pardo Hasche a Ricardo Williamson y que Juan Guillermo Monsalve, quería retractarse y contar la verdad, verdad que todavía Colombia y el Mundo desconocen.
Con estas consideraciones podemos analizar y a su vez ratificar que los testigos no se constituyen en pruebas objetivas, no son conducentes ni pertinente, son pruebas circunstanciales o coyunturales, que para ser una prueba objetiva y con valor probatorio debe ir acompañada de otros elementos materiales probatorios de mayor peso.
Las únicas pruebas testimoniales que podrían ser tenidas en cuenta son los testigos presenciales y que sus relatos puedan ser corroborados para que puedan ser acreditados, esto con las circunstancias que los testigos pueden ser instrumentalizados, manipulados, preparados y con la capacidad mentir.
Bajo estas condiciones y hasta la etapa que se desarrolla el juicio, y si la Fiscalía sigue presentando testigos solo por llenar una agenda en la forma en que lo está haciendo, no tendrá forma de probar la responsabilidad penal y la culpabilidad de los hechos por los cuales se acusa al expresidente Álvaro Uribe Vélez.
La única prueba que ha presentado la Fiscalía sobre la testigo Deyanira Gómez, es una grabación sobre una reunión con Diego Cadena, en la cual tampoco se evidencia algún ofrecimiento económico, contractual y burocrático, ofrecido a Juan Guillermo Monsalve, quien estaba consternado por un posible traslado de su centro de reclusión.
Ahora si por evidencia y pruebas conducentes son de mayor relevancia los beneficios que el senador Iván Cepeda, le habría entregado a Juan Guillermo Monsalve, a través de Deyanira Gómez, quien se reunió en varias ocasiones con Iván Cepeda en su apto.

La otra circunstancia de agravación para Juan Guillermo Monsalve, es que si se retractaba podría terminar investigado por falso testimonio y falsa denuncia, entonces esto no le beneficiaba, por tanto era mejor mantener la mentira hasta que sea descubierta en el juicio y de tal forma evitar ser investigado penalmente.
Probatoriamente se tienen que dar dos elementos importantes para que la Juez pueda emitir una sentencia condenatoria contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez, que son el sujeto activo y el sujeto pasivo, el primero tiene que ver con las características del delito, como son tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad, y el segundo que se pueda probar la intención del señor expresidente Álvaro Uribe Vélez, de hacer daño, la intencionalidad y premeditación de cometer un conducta punible para provocar un perjuicio o quebrantar el ordenamiento jurídico.
Si no se cumplen estos elementos contemplados en el Código Penal y el Código de Procedimiento Penal, la Juez no podrá proferir una sentencia condenatoria, en el caso dado que se logre probar el sujeto activo. es decir, la culpabilidad, probar el delito, pero no se logra probar el sujeto pasivo, la Juez tampoco podrá emitir una sentencia condenatoria contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez, y en su defecto la Fiscalía General de la Nación, tendrá que solicitar a la Juez que absuelva al señor Álvaro Uribe Vélez.
Otro de los factores fundamentales por lo que la Juez termine absolviendo al expresidente Álvaro Uribe Vélez, es por la falta de credibilidad de los testigos, las contradicciones, debido a que éstas generan dudas, y toda duda razonable favorece al acusado, y de tal modo no se supera la presunción de inocencia.