La Unión Patriótica, el Partido Comunista Colombiano y el Polo Democrático Alternativo, se fusionan con el 'Pacto Histórico'. como partido único.
Mediante Resolución No 14125 del 11 de noviembre de 2024, la Registraduría Nacional del Estado Civil, ratificó que la consulta del 26 de octubre de 2025 fue interpartidista de la cuales participaron mediante solicitud ante el organismo electoral el Polo Democrático Alternativo, la Unión Patriótica y el Partido Comunista Colombiano, estos dos últimos habrían renunciado cuatro días antes para dejar solo al Polo Democrático Alternativo en la consulta y construirla en una consulta partidista, pero la Registraduría adoptó el criterio legal u argumentó que los partidos la Unión Patriótica y el Partido Comunista Colombiano, presentaron su renuncia de manera extemporánea y la solicitud de los tres partidos quedó vigente y activa.
Con estos argumentos de la Registraduría es entendible que el Consejo Nacional Electoral, deberá pronunciarse en los mismos términos para la fusión de los partidos que la solicitaron y cumplieron con los requisitos de ley, tanto así que la UP le ha dado tramite a los lineamientos del Consejo Nacional Electoral para darle celeridad a la fusión con el Pacto Histórico, con la cual define el Consejo Nacional Electoral la personería jurídica del ‘Pacto Histórico’ como Partido Único, fusionado con el Polo Democrático Alternativo, la Unión Patriótica y el Partido Comunista Colombiano.
De ese proceso quedaría por fuera el Movimiento la ‘Colombia Humana’ que no cumplió con los requisitos legales para hacer parte de la fusión del ‘Pacto Histórico’ y por consiguiente quedan por fuera hasta tanto no le de cumplimiento al Quórum reglamentario del Movimiento ‘Colombia Humana’ para decidir sobre la fusión con sus afiliados en una asamblea general.
Con el pronunciamiento del Consejo Nacional Electoral, de definen las listas a senado y cámara del ‘Pacto Histórico’ para la contienda del 08 de marzo de 2026.
Sobre la decisión del Consejo Nacional Electoral, obligaría a la ‘Colombia Humana’ a conformar listas al senado y cámara para poder participar del debate al Congreso, entre tanto la Registraduría daría de baja a la votación de los que participaron en la consulta del ‘Pacto Histórico’ por una medida cautelar, no siendo ésta una decisión de fondo del orden constitucional y que posterior fue revocada por el Tribunal Superior de Bogotá, revocando las medidas cautelares del fallo de primera instancia y esto deja sin piso jurídico la participación de los integrantes de la ‘Colombia Humana’ en la consulta del ‘Pacto Histórico’ y deja en firme la Resolución del Consejo Nacional Electoral.
La Misión de Observación Electoral (MOE) le ha solicitado al Consejo Nacional Electoral pronunciarse lo más pronto posible sobre la personería jurídica del ‘Pacto Histórico’ con los partidos que harán parte de la fusión y de tal forma se defina la conformación de sus listas a senado y cámara con miras al debate del 08 de marzo de 2026, y por ende poder cumplir en los términos de ley con la inscripción de sus listas.
En consecuencia la Unión Patriótica, el Partido Comunista Colombiano y el Polo Democrático Alternativo, se constituyen en los tres primeros partidos en fisionarse con el ‘Pacto Histórico’, por lo tanto sus personerías jurídicas desaparecen como partidos políticos.




